Regularización masiva: el decreto que cambia reglas y abre puertas en tiempo récord
El Gobierno activa un procedimiento extraordinario para regularizar entre 500.000 y un millón de personas

Redacción · Más España


El Gobierno ha puesto en marcha, por vía de Real Decreto y con el sello del BOE, una regularización extraordinaria que alcanza a entre 500.000 y un millón de personas que hoy permanecen en España en situación irregular. No es una promesa: es una norma publicada y efectiva que marca plazos, procedimientos y medidas concretas.
Las solicitudes telemáticas podrán presentarse a partir del jueves 16 de abril; la reserva de cita previa, requisito imprescindible, también arranca ese día. La atención presencial comenzará el lunes 20. Son fechas precisas que ordenan un proceso que el Ejecutivo define como urgente y que pretende tramitar con celeridad administrativa.
El decreto incorpora dos figuras excepcionales que podrán solicitarse hasta el 30 de junio de 2026, así como una serie de modificaciones del Reglamento de Extranjería pensadas para facilitar el acceso a la residencia y al empleo. Entre las medidas más destacadas figura la habilitación provisional para trabajar y residir desde la comunicación del inicio del trámite, aplicable tanto a los nuevos tipos de arraigo como al arraigo sociolaboral. El objetivo explícito es evitar que la dilación administrativa haga inviable una oferta de trabajo.
En la misma línea de flexibilidad, se modifican las reglas de prórrogas y cambios de autorizaciones: ya no será necesario acreditar búsqueda activa de empleo para modificar un permiso concedido por arraigo si existen circunstancias justificadas que impidan el acceso al empleo, como enfermedad, discapacidad o haber alcanzado la edad legal de jubilación.
Los estudiantes extranjeros verán además prórrogas para evitar vacíos legales, siempre que soliciten dentro de un plazo que comprende dos meses antes de la caducidad y tres meses después. Y en un guiño explícito a la protección infantil, el texto incorpora la "perspectiva de la infancia": las solicitudes de menores se presentarán y resolverán simultáneamente con las de sus progenitores, tendrán, en caso favorable, una validez de cinco años y se flexibilizan requisitos temporales y económicos para su concesión.
Se amplía también la lista de familiares que pueden solicitar la residencia desde España: ahora incluyen, entre otros, a hijos mayores de 18 años y a ascendientes directos que ya se encuentren en territorio nacional.
El decreto habilita mecanismos de apoyo institucional para agilizar la tramitación: la red de oficinas de Correos podrá informar, ayudar y gestionar la presentación telemática de solicitudes y documentación adicional; Tragsa y Tragsatec prestarán apoyo técnico y documental. El texto subraya la urgencia con la que el Gobierno quiere ejecutar este proceso extraordinario.
En materia de protección internacional, los titulares de autorizaciones por razones humanitarias quedan habilitados para acceder al régimen general de modificación de autorizaciones, lo que facilita un cambio de situación administrativa cuando se cumplan los requisitos. Esta modificación adquiere relevancia tras la admisión por parte del Gobierno del cese de concesiones de protección temporal por razones humanitarias a ciudadanos procedentes de Venezuela.
Entre las exigencias del proceso figura la obligatoriedad de no tener antecedentes penales para poder acogerse a la regularización. La norma, publicada y vigente, dibuja así un mapa administrativo ambicioso: plazos claros, medidas provisionales para evitar la pérdida de empleo, protección reforzada de menores y una red de apoyo institucional para tramitar solicitudes a gran escala. El reloj está en marcha y la norma ya está en el BOE.
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