Un teléfono clonado en Miami que llega tarde y dictamina investigaciones
El contenido del móvil de Rodolfo Reyes, clonado en 2021, fue entregado a España en marzo de 2026 y alimenta la causa contra Zapatero

Redacción · Más España


La Audiencia Nacional y el juez José Luis Calama se encuentran ahora en la encrucijada de lo procesal y lo político: incorporar a la causa contra José Luis Rodríguez Zapatero los mensajes extraídos del teléfono móvil de Rodolfo Reyes cuya copia fue realizada en Miami en 2021.
No es un dato menor que la Policía española ya contaba con el contenido de ese dispositivo y que, con él, confeccionó informes en los que aparecen frases tan nítidas como “Lo tiene grupo Zapatero desde esta mañana”, “Camilo estuvo hoy con ZP. Le dijo que todo va viento en popa” o “nuestro pana Zapatero detrás”. Esos pasajes han servido para sustentar parte de la imputación contra el expresidente. El juez, en cambio, ha decidido pedir a Estados Unidos garantías formales para incorporar esos indicios al procedimiento: pulcritud procesal frente a la prisa acusatoria.
Los hechos, tal como los relata la instrucción, son tozudos. Rodolfo Reyes, empresario vinculado mayoritariamente a Plus Ultra en los años del rescate público de 53 millones de euros, circulaba frecuentemente entre Panamá, Miami, Madrid y Venezuela. En uno de esos viajes, agentes del control fronterizo de Miami detuvieron y procedieron a clonar su teléfono en 2021. Esa copia —realizada en EEUU por el U.S. Customs and Border Protection (y que luego sirvió en investigaciones sobre venezolanos y blanqueo en Estados Unidos)— ha permanecido cinco años en manos de autoridades americanas hasta que la Oficina de Investigaciones de Seguridad (HSI) remitió el volcado a la Policía española el 18 de marzo de 2026.
La cronología aprieta. Doce días antes de esa entrega por parte de HSI, un correo del sumario fechado el 6 de marzo expone que se activó, vía Interpol, la solicitud de detención internacional contra Reyes. La Policía ya había practicado registros en España en diciembre, en paralelo a las diligencias que la Fiscalía Anticorrupción había abierto desde enero de 2025 sobre los 53 millones —y la hipotética derivación de fondos a paraísos fiscales— a raíz de información desde Suiza y Francia. Cuando la investigación estaba en manos de la Audiencia y los medios informaban del asunto, HSI decidió compartir lo obtenido en su día en Miami.
La cuestión jurídica llama a reflexión. En España no cabe clonar un teléfono sin autorización judicial: el secreto de las comunicaciones es pilar constitucional (artículo 18) y la jurisprudencia exige motivación judicial para acceder a ordenadores y dispositivos. La Fiscalía ya dejó claro en 2019 que no son admisibles registros genéricos o preventivos de aparatos electrónicos sin investigación concreta. En Estados Unidos, en cambio, el CBP ejerce en frontera facultades de inspección que pueden incluir el volcado de dispositivos cuando hay sospechas de “contrabando digital” —seguridad nacional, delitos financieros, pornografía infantil— y, según sus propios datos, en 2025 procesaron más de 419 millones de viajeros y revisaron dispositivos de 55.318 viajeros internacionales.
No se trata sólo de comparar marcos legales; se trata de la confianza en la cadena de custodia y en la legitimidad de las pruebas que terminan por moldear imputaciones penales. Que la Policía usara esos mensajes en informes cuando el clonado se practicó sin autorización judicial en España obliga a escrutar cómo y cuándo se incorporan indicios extranjeros a procesos nacionales y bajo qué garantías. El juez Calama, en pedir colaboración formal a Estados Unidos, busca precisamente eso: dotar a la investigación de blindaje procesal para un hipotético juicio.
La política y la justicia no pueden caminar al albur de cadenas de custodia con trazas internacionales y cronologías que se solapan con solicitudes de detención. La sociedad tiene derecho a que la investigación avance con diligencia y, al mismo tiempo, con respeto escrupuloso a las reglas que fijan cuándo y cómo pueden usarse comunicaciones privadas. Si la pieza probatoria llegó tarde y por vías distintas a las exigidas en nuestro ordenamiento, corresponde a la instrucción y a los tribunales ponderarlo con rigor, sin estridencias ni ocultamientos, por el bienestar del interés público y la seguridad jurídica que toda democracia debe preservar.
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