Quién paga la defensa de Maduro: una disputa que interroga a la ley y a la diplomacia
Judicialmente en Manhattan y políticamente entre Washington y Caracas, se decide quién costeará la defensa del expresidente venezolano

Redacción · Más España


La detención y traslado a Nueva York de Nicolás Maduro y su esposa, Cilia Flores, abrió un flanco inesperado: no sólo se juzga la acusación por narcotráfico que ambos rechazan, sino también quién debe pagar la defensa. La pregunta, en apariencia técnica, encierra una batalla jurídica con implicaciones diplomáticas y simbólicas.
Según consta en el proceso en Manhattan, la defensa de Maduro y Flores solicitó a la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Tesoro permiso para que los honorarios fueran sufragados con fondos del Estado venezolano. El 7 de enero la OFAC otorgó las autorizaciones solicitadas, pero las revirtió: una menos de tres horas después y la otra semanas más tarde. Esa oscilación administrativa, celebrada por los fiscales como corrección de un "error administrativo", deja en evidencia la fricción entre sanciones y derechos de defensa.
El gobierno de EE. UU. sostiene que la normativa de la OFAC prohíbe expresamente usar fondos de entidades sancionadas para pagar a los abogados de otra persona sancionada, y argumenta que Maduro y Flores pueden costear su defensa con recursos personales, pese a las restricciones que pesan sobre ellos. En contrapartida, la defensa alega que, en virtud de las leyes venezolanas, el Estado tiene la obligación de financiar la representación legal del expresidente, y que la negativa estadounidense interfiere con el derecho consagrado por la Sexta Enmienda.
En el terreno judicial, la petición de los abogados incluyó un intento de desestimar la acusación argumentando vulneración de derechos. Expertos en derecho consultados por la fuente consideran improbable que el juez Alvin Hellerstein invalide el caso; los fiscales han rechazado la pretensión de que Maduro y Flores tengan derecho a prestaciones del gobierno venezolano al sostener que "no eran funcionarios ni empleados legítimos de Venezuela".
El abogado principal de Maduro en el caso, Barry Pollack, figura con experiencia en litigios de alto perfil: en 2024, lo recuerda la crónica, logró la liberación de Julian Assange en un proceso contra EE. UU. Pollack ha advertido que dejaría la defensa si se mantienen las restricciones del Tesoro que impiden el uso de fondos venezolanos.
Lo que hoy se debate en un tribunal de Manhattan no es solo la solvencia de una estrategia legal, sino el cruce entre sanciones internacionales, prerrogativas constitucionales y legitimitades contrapuestas. Caracas sigue considerando a Maduro como presidente legítimo y, tras la captura, se restablecieron relaciones diplomáticas entre los dos gobiernos, según la información disponible. La resolución del juez Hellerstein sobre esa solicitud de pago marcará un precedente importante para casos de expresidentes extranjeros en jurisdicciones estadounidenses y para el alcance real de las sanciones cuando éstas colisionan con derechos procesales básicos.
En suma: estamos ante un pulso que mezcla derecho, política exterior y cálculo pragmático. La pregunta se mantiene: en un Estado que afirma sancionar conductas criminales, ¿puede negarse el acceso efectivo a una defensa que las garantías constitucionales prescriben? El tribunal de Manhattan tiene ahora la palabra.
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