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No todo juicio cabe en el tribunal de la opinión pública

El recurso de Begoña Gómez contra la decisión de Peinado reclama garantías frente al juicio paralelo

Redacción Más España

Redacción · Más España

26 de marzo de 2026 2 min de lectura
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No todo juicio cabe en el tribunal de la opinión pública
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La decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid de acumular todo el procedimiento en una sola causa y atribuirlo a un tribunal de jurado popular ha provocado la respuesta formal de la investigada: un recurso que no es mero trámite, sino una advertencia sobre los límites del procedimiento penal cuando se mezcla con la voracidad mediática.

El letrado Antonio Camacho, en el recurso al que ha tenido acceso Efe, sostiene con rotundidad que el auto contiene "argumentos falaces", "conjeturas" no apoyadas en indicios y "demasiados olvidos". No son expresiones retóricas: son la tesis central de una defensa que niega la existencia de indicios contra Begoña Gómez en los cinco delitos que el juez le atribuye —tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo, malversación y apropiación indebida de marcas— y reclama la anulación del auto.

Hay en ese recurso, además, una acusación explícita contra el instructor: que la voluntad de mantener viva la causa prima sobre la existencia de elementos que la justifiquen. Y una afirmación que altera el eje de la controversia política y jurídica: que se investiga a Gómez "por ser cónyuge del presidente del Gobierno". La defensa advierte del peligro evidente de reconducir "un asunto muy mediático y abierto sin reservas a la opinión pública" hacia un jurado popular, con la consecuencia previsible de un "juicio paralelo" que podría lesionar el derecho a un juez imparcial.

No es irrelevante el calendario procesal que figura en el auto: el juez citó a los tres investigados —Begoña Gómez, su asesora Cristina Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabás— para el próximo 1 de abril. Frente a esa citación, la petición de anular el auto pretende preservar el cauce formal del procedimiento penal frente a su exposición pública y a decisiones que, según la defensa, carecen del sostén probatorio exigible.

Este pulso entre el juzgador y la defendida no es sólo una disputa técnica: es una contienda sobre garantías. Cuando el procedimiento se abre de par en par a la opinión pública y se decide la modalidad de enjuiciamiento sin, según la defensa, indicios suficientes, la ciudadanía y las instituciones deben preguntarse qué margen queda para la presunción de inocencia y para un juzgamiento libre de presiones externas. Ese es, en el fondo, el reclamo del recurso: que el sistema no se sacrifique en el altar del ruido.

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