Cataluña

La ley que protege lo personal: la Audiencia obliga a expurgo en el caso Díez

Pedraz ordena separar lo investigado de lo íntimo tras la petición de la defensa

Redacción Más España

Redacción · Más España

14 de marzo de 2026 2 min de lectura
La ley que protege lo personal: la Audiencia obliga a expurgo en el caso Díez
Mas España
Mas España Logo

La resolución de la Audiencia Nacional tiene el nervio de quien protege fronteras: no todas las pruebas son equivalentes y no todo lo incautado puede convertirse, sin más, en letras de la instrucción. El magistrado Santiago Pedraz ha impuesto a la UCO un expurgo —un cribado ineludible— del material intervenido a Leire Díez. Ordena entregar "todos los efectos originales intervenidos" y suspender cualquier explotación de su contenido hasta que se haya separado lo relativo a la causa de lo estrictamente personal o ajeno al procedimiento.

No es un gesto menor. La petición partió de la defensa de Díez —la abogada Eva Bejarano— que reclamó excluir información de periodos distintos a 2021-2023 y dejar fuera "toda la información personal, profesional o de cualquier otro tipo" que no guarde relación con los hechos investigados. La actuación se produce en un proceso que indaga presuntos amaños de contratos por valor de 132,9 millones de euros y donde, según la investigación, los imputados habrían percibido comisiones y contraprestaciones por 750.614 euros.

Los hechos son concretos y no admiten florituras: durante el registro en diciembre la UCO se incautó de teléfonos y ordenadores de Díez y de su esposo, dispositivos a los que la propia investigada facilitó contraseñas y claves para su acceso, según consta en la solicitud de la defensa. Sobre ese material, Pedraz ha acordado abrir una pieza "separada y reservada" para llevar a cabo el expurgo solicitado.

Quedan, sin embargo, cuestiones abiertas que la resolución no resolvió. La defensa pedía, además, la devolución de los dispositivos y el desbloqueo de hasta ocho cuentas bancarias que dice son de terceros ajenos a la causa —entre ellas, cuentas de dos hijas, la de su marido y la de un familiar político— y que alegó están generando consecuencias económicas y personales. Tampoco se admitió en esta providencia la petición de autorizaciones económicas para hacer frente a gastos cotidianos, solicitando 2.500 euros mensuales, o 5.000 euros para abonar impagos atrasados.

El proceso, sujeto al secreto de sumario, mantiene preguntas aún sin respuesta. Comenzó bajo la tutela del juez Antonio Piña, que atendió urgencias de detenciones y registros, y fue remitido a reparto en diciembre; la causa recayó finalmente en Pedraz, que hoy dirige la investigación. En ese escenario, la resolución del expurgo es una firme afirmación de límites procesales: la investigación sigue, pero la Justicia obliga a acotar la intrusión en la esfera privada mientras no se demuestre su vinculación con los hechos.

Que la UCO debe abstenerse de utilizar los contenidos hasta que se complete el cribado no es sólo una protección formal: es un mandato que recuerda que la eficacia de la investigación no puede confundirse con la voracidad probatoria. El Estado de derecho establece salvaguardas; la Audiencia las ha reclamado. Ahora corresponde que el expurgo se realice con rigor y celeridad, preservando derechos sin entorpecer la esclarecedora labor instrucional que exige clarificar unos hechos graves que se investigan con máxima atención.

También te puede interesar