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La hiperbolía acusatoria contra una asesora de La Moncloa

La defensa tacha de “disparatada” la petición de 22 años y reclama la absolución

Redacción Más España

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15 de mayo de 2026 4 min de lectura
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En el epicentro de una tormenta mediática y procesal, la defensa de Cristina Álvarez plantea una acusación contra la acusación: la petición de 22 años de cárcel que formula Hazte Oír resulta —en su opinión— no solo desproporcionada sino «disparatada». Así lo recoge el escrito presentado por el letrado José María de Pablo, que reclama la absolución y subraya que incluso una de las acusaciones populares que dio origen a la causa, Manos Limpias, pide su exoneración.

Hay en el pulso procesal un dato que hiela: la causa, instruida por el juez Juan Carlos Peinado en el Juzgado número 41 de Madrid, ha llevado a enviar a juicio con jurado a la asesora de Presidencia, a Begoña Gómez y al empresario Juan Carlos Barrabés por hechos que el auto encuadra como presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida de marca y malversación. Pero la defensa de Álvarez no se resigna; en 32 páginas replica, punto por punto, que no existen indicios en su contra.

El escrito no se limita a negar. Denuncia la instrumentalización del Derecho Penal: califica la acusación de Hazte Oír de retorcer normas y fabricar «auténticas barbaridades jurídicas». Señala como ejemplos la imputación de tráfico de influencias por el nombramiento de personal eventual de confianza, la imputación de corrupción entre particulares sin descripción de soborno alguno, la atribución de apropiación indebida por un dominio web cuya inscripción, según la propia acusación, no contó con intervención de Álvarez, y la tesis de malversación basada en considerar a la trabajadora como una "funcionaria supuestamente explotada por su superior".

La defensa va más lejos: denuncia un cisma dentro de la acusación popular unificada, recordando que Manos Limpias ha presentado escritos y recursos para separarse y para pedir el sobreseimiento de Álvarez al considerar que no ha cometido delito y que la acusación contra ella es «injusta y exclusivamente política». Añade además que la Fiscalía solicitó el archivo de la investigación, extremo que, a juicio de la defensa, descarta la tesis de que los hechos deban ser juzgados por un jurado popular.

No faltan reproches procesales. De Pablo critica que el juez fijase un plazo de cinco días para presentar conclusiones provisionales cuando aún no se habían resuelto los recursos planteados contra la finalización de la investigación. Cuestiona también la propuesta de Hazte Oír de citar 120 testigos, «la inmensa mayoría» sin relación con los hechos, y sostiene que la intención real de las organizaciones que integran la acusación popular es obtener un rédito político de un juicio mediático.

En el plano de las imputaciones concretas, la defensa niega el tráfico de influencias por ausencia de indicios de presión sobre funcionarios; rechaza la corrupción en los negocios al sostener que los acusadores desconocen la estructura del tipo penal; y sostiene que un activo inmaterial —un software o un dominio web— «no puede ser objeto nunca de apropiación indebida». Respecto a la malversación, subraya la inexistencia de un Estatuto que delimite las funciones de una asistente de la esposa del Presidente y considera «extravagancia jurídica» imputar malversación a quien, según la defensa, simplemente se habría excedido en asistir a su superior dentro de sus labores: gestión de agenda, acompañamiento a actos y coordinación de protocolos.

La cronología que aporta la instrucción añade matices: Peinado inició la investigación sobre la actividad profesional de Begoña Gómez y su relación con la Universidad Complutense en abril de 2024; la imputación formal de Álvarez se produjo en agosto de 2025, tras haber declarado antes como testigo. De ese relato procesal deriva la ampliación de la causa para indagar si pudo existir un desvío de dinero público por contratos que, según la tesis del juez, podrían haber favorecido la colaboración con actividad privada en lugar de la labor institucional.

Queda, en fin, la estampa de un pleito que mezcla piezas jurídicas complejas, acusaciones cruzadas y una contienda política que no se disimula. La defensa de Álvarez exige que el Derecho recupere su calma: pide absolución, denuncia excesos y reclama que la decisión final no se doblegue a la aritmética del ruido mediático ni a la urgencia de réditos políticos. Los hechos, por ahora, siguen siendo objeto de controversia; la palabra definitiva la tendrá el juicio.

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