InicioActualidadPolítica española
Política española

La Fiscalía frena la imputación de Mazón: prudencia o tibieza institucional

El fiscal superior devuelve la causa a Catarroja ante la falta de indicios sólidos

Redacción Más España

Redacción · Más España

9 de marzo de 2026 3 min de lectura
Compartir
La Fiscalía frena la imputación de Mazón: prudencia o tibieza institucional
Mas España
Mas España Logo

La decisión de la Fiscalía Superior de la Comunidad Valenciana pone las cosas en su sitio procesal: no hay, por ahora, indicios con la solidez suficiente para imputar a Carlos Mazón. El fiscal José Francisco Ortiz Navarro ha pedido la devolución del procedimiento al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja para que continúe la investigación. No es un archivo; es, en palabras del Ministerio Público, prudencia procesal.

La Fiscalía no niega lo evidente: la instrucción puede aportar declaraciones o documentos que modifiquen el panorama probatorio. Alude, con tacto y rigor, a las comunicaciones telefónicas entre Mazón y la exconsejera Salomé Pradas, y a las conversaciones de Pradas con el exjefe de gabinete José Manuel Cuenca. Pero subraya un límite legal concreto y relevante: la ley valenciana no atribuye al President de la Generalitat competencia específica en protección civil y gestión de emergencias. Ese mando único, según la normativa citada por la Fiscalía, corresponde a la titular de la Conselleria, Salomé Pradas.

La Fiscalía deja claro lo que es y lo que no es: si Pradas recibiera órdenes directas de Mazón, la situación procesal sería otra. Pero, prosigue el informe, en el momento actual no existe certeza de que tales instrucciones se hubiesen producido. Y añade, con la frialdad de la técnica jurídica, que la prueba pendiente puede cambiar la valoración; por eso procede devolver la causa al órgano instructor, sin perjuicio de lo que la instrucción pueda deparar.

Frente a este criterio del Ministerio Público, la jueza instructora de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, presentó una exposición razonada al TSJ en la que atribuye a Mazón una "grosera negligencia" y le responsabiliza, por inactividad, de las 230 víctimas mortales de la DANA de octubre de 2024. La magistrada reprocha al ex presidente su ausencia durante casi cinco horas y apunta incluso una participación en la gestión del ES-Alert a través de órdenes transmitidas por el jefe de gabinete. Esa tesis es la que la Fiscalía considera, a día de hoy, insuficientemente probada.

Las defensas de los investigados reclamaron al TSJ que asumiera la causa en caso de indicios contra Mazón; no obstante, el criterio ahora adoptado es el contrario: remitir la causa de nuevo al juzgado para que prosiga la instrucción. El fiscal respalda, además, la doctrina que limita la investigación por razón del cargo y recuerda la competencia normativa sobre el mando de emergencias, algo que el entorno del ex presidente subraya para defender que no existe causa contra él en este estadio.

No se trata de absolver por decreto ni de inaugurar triunfalismos. Se trata de aplicar la máxima elemental del derecho: no investigar donde faltan indicios sólidos. La Fiscalía mantiene la cautela, abre la puerta a que la instrucción descubra lo que hoy resulta incierto y, sobre todo, reclama al juzgado que profundice en las llamadas y en los hechos que, según la jueza, podrían apuntar a responsabilidades compartidas. Es la mecánica de la ley en estado puro: el proceso sigue, y la verdad, si existe, se buscará con pasos medidos y pruebas concretas.

También te puede interesar