La Audiencia y el Juzgado a cara descubierta: el pulso judicial sobre Leire Díez
La defensa denuncia duplicidad de investigaciones y alza la bandera del non bis in idem

Redacción · Más España


Hay momentos en los que la arquitectura del Estado muestra sus grietas con la crudeza de un relámpago. El caso de Leire Díez ha encendido una nueva línea de investigación en la Audiencia Nacional que choca frontalmente con la instrucción previa abierta en julio de 2025 en el Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid. La defensa no ha tardado en reaccionar: recursos, escritos y reclamaciones destinadas a detener lo que describe como una investigación “paralela” e “idéntica” que pondría en jaque garantías procesales básicas.
No se trata de retórica sino de derechos procesales consagrados. Según la abogada de Díez, la Audiencia Nacional, bajo el sumario que recayó en el juez Santiago Pedraz, amplió sus pesquisas —en secreto— sobre un supuesto plan para desbaratar causas que afectaban al PSOE y al Gobierno. Pedraz llegó a comunicar al magistrado Zamarriego que la Audiencia debía asumir todas las actuaciones. De ese movimiento procede la reclamación de la defensa: evitar que actos ya practicados por un juzgado ordinario sean absorbidos por otra jurisdicción en unas diligencias que coinciden en materia y objeto.
La argumentación es nítida y potente: la defensa invoca el principio non bis in idem y denuncia la “apropiación” de actuaciones, la práctica de averiguaciones idénticas y, aún peor, la realización de diligencias contradictorias. Aduce también que personas que declararon como testigos ante Zamarriego han sido ahora imputadas por Pedraz, circunstancia que, según la defensa, vulneraría derechos fundamentales y convertiría la acumulación de causas en una doble investigación por los mismos hechos.
En el origen de todo está la secuencia probatoria: Zamarriego abrió, en el verano de 2025, una causa sobre presuntas maniobras contra la UCO y la Fiscalía Anticorrupción y el asunto de supuestos sobornos; en diciembre de 2025 la Audiencia Nacional incoó otro procedimiento que terminó ampliado en secreto para indagar la trama de influencias y comisiones. Pedraz levantó el secreto y solicitó las actuaciones de Zamarriego. Sobre ese traslado y esa absorción es sobre lo que ahora se litiga en recursos ante la propia Audiencia y ante la Sala de lo Penal.
La apuesta de la defensa es clara: anular la parte del procedimiento seguida en la Audiencia Nacional, impedir que continúe la instrucción paralela y declarar que el sumario “verdaderamente válido” que debe proseguir es el de Zamarriego. Reclama, además, la nulidad del material intervenido por la Audiencia Nacional que sirvió para ampliar las pesquisas. Y ha pedido expresamente al juzgado de instrucción que se oponga a cualquier envío de actuaciones que implique su desposesión.
No es una controversia técnica menor; es una confrontación sobre la tutela judicial efectiva y sobre los límites competenciales entre juzgados y la Audiencia Nacional. El cauce procesal deberá despejar si hubo o no lesión del principio de no ser investigado dos veces por lo mismo y si procede la subsunción de unas diligencias en otras. Mientras tanto, la nación observa con exigencia que la ley se aplique con rigor y que las garantías procesales permanezcan intactas, como baluarte irrenunciable del Estado de derecho.
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