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La amnistía espera en la sede europea: ¿reconciliación o nueva batalla judicial?

El fallo del TJUE, previsto para mayo, puede decidir el destino jurídico del 'procés' y del propio Puigdemont

Redacción Más España

Redacción · Más España

1 de abril de 2026 2 min de lectura
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La amnistía espera en la sede europea: ¿reconciliación o nueva batalla judicial?
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La política española vuelve a mirar hacia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como quien aguarda el veredicto que desbloquee un conflicto enquistado. Es previsible que en la segunda quincena de mayo el TJUE haga público su pronunciamiento sobre las cuestiones prejudiciales remitidas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional sobre la aplicación de la ley de amnistía al líder de Junts, Carles Puigdemont, y a otros dirigentes del procés.

No es una simple cuestión de procedimiento: sobre la mesa están recursos de amparo, tesis del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, e interpretaciones que pueden determinar si la amnistía alcanza o no delitos como la malversación. El Constitucional debe resolver el recurso de Puigdemont contra la tesis del Supremo que excluye la malversación del perdón; el propio Supremo tiene asimismo pendientes recursos relativos a la inaplicación del perdón en casos de condenas por hechos vinculados a manifestaciones y protestas.

Tanto el Constitucional como el Supremo han decidido aguardar la resolución europea antes de pronunciarse. No es una espera caprichosa: el informe del Abogado General del TJUE —preceptivo pero no vinculante— despejó muchas de las dudas planteadas y defendió que la norma busca "un contexto real de reconciliación política y social" y no constituye una "autoamnistía".

Si el Tribunal de Luxemburgo hace suyos esos criterios, fuentes del Constitucional estiman que el recurso de amparo de Puigdemont podría prosperar, pese a la probable oposición del sector conservador del tribunal que ya consideró inconstitucional la ley de amnistía. En el Supremo, sin embargo, no se descarta ni la posibilidad de plantear una nueva impugnación ante la justicia europea ni la de rechazar la aplicación del perdón al delito de malversación si la sentencia entendiese que están afectados intereses financieros de la Unión o principios esenciales del derecho europeo.

La tensión es patente: unas instancias judiciales esperan la doctrina comunitaria para calibrar márgenes y límites; otras advierten que, si el fallo resulta tan rotundo como el informe del Abogado General, será difícil mantener los obstáculos a la aplicación plena de la amnistía. En ese intersticio se juega no solo la suerte procesal de determinados dirigentes, sino la capacidad del Estado para aplicar una ley que aspira, según sus defensores y según el citado informe, a restaurar la convivencia política.

Queda por ver si la resolución del TJUE servirá de freno a nuevas impugnaciones y dará el cauce jurídico necesario para ejecutar la ley tal y como fue aprobada, o si, por el contrario, abrirá nuevas líneas de litigio que prolonguen la incertidumbre. Sea cual sea el fallo, la decisión de Luxemburgo marcará un antes y un después en el tratamiento jurisdiccional del capítulo más grave y persistente del procés.

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