Cataluña

El primer permiso de Basterra: una decisión judicial que exige explicación y serenidad

Tras doce años y medio entre rejas, el condenado por el crimen de Asunta recibirá cuatro días de salida bajo estrictas condiciones

Redacción Más España

Redacción · Más España

31 de marzo de 2026 3 min de lectura
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El primer permiso de Basterra: una decisión judicial que exige explicación y serenidad
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La Justicia ha tomado una decisión mesurada y formal: conceder un permiso ordinario de cuatro días a Alfonso Basterra, preso desde septiembre de 2013 por el asesinato de su hija adoptiva, Asunta. Tras más de doce años sin autorizaciones —dos de ellos solicitando permisos—, el juez de vigilancia penitenciaria ha estimado procedente esta primera salida, con la condición expresa de comparecer diariamente ante las autoridades.

No hay en este hecho concesiones milagrosas ni complacencias emotivas. Basterra fue condenado, junto a su fallecida esposa Rosario Porto, a 18 años de prisión por el asesinato de la menor. Porto se quitó la vida en la cárcel de Brieva en noviembre de 2020; la sentencia contra ambos se ha mantenido firme en la Audiencia Provincial de A Coruña, en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y en el Tribunal Supremo. Esos son los hechos que configuran el escenario jurídico y social que ahora vive la autorización.

La crónica procesal es incontrovertible: los tribunales concluyeron que, cuando Asunta tenía 12 años, sus padres se pusieron de acuerdo para administrarle repetidamente un medicamento con lorazepam —probablemente orfidal— durante al menos tres meses, y que el 21 de septiembre de 2013 le suministraron una dosis tóxica y la asfixiaron en la vivienda familiar de Montouto. El cadáver apareció en una cuneta de Teo el 22 de septiembre de 2013. Esa es la base sobre la que se ha construido la condena firme.

Tampoco puede obviarse la conducta procesal del condenado: desde el inicio ha negado su participación, no ha pedido perdón ni mostrado arrepentimiento y no ha confesado. Esos datos son relevantes para comprender la percepción pública y la dinámica de cualquier permiso penitenciario que afecte a un caso de enorme conmoción social.

Administrativamente, la situación también tiene su lógica: Basterra cumplió en 2018 la cuarta parte de su condena, lo que le habilitó para solicitar el segundo grado. No lo hizo en aquellos primeros años; sí solicitó en 2024 el segundo grado por primera vez tras más de una década en prisión, y ahora puede aspirar al tercer grado. La pena íntegra vence en septiembre de 2031. Son hitos penales que determinan derechos y posibilidades dentro del ordenamiento penitenciario.

La autorización es, además, estricta en forma: cuatro días, comparecencias diarias y la fijación, por parte del juez, de la fecha exacta de salida. Ni EL MUNDO ni las fuentes consultadas han confirmado aún si el permiso se hará efectivo este mismo día o dónde se alojará Basterra fuera del centro penitenciario. Esos hechos ausentes deben mantenerse como incógnita pública hasta que las autoridades los concreten.

No cabe, por tanto, la emoción desbordada ni la rumorología. Los permisos penitenciarios son instrumentos regulados, sujetos a condiciones y a la supervisión judicial. La sociedad tiene derecho a pedir explicaciones y a exigir que se cumplan las garantías: control, seguridad y transparencia. Y también tiene derecho a recordar a la víctima sin instrumentalizar la decisión judicial. La memoria de Asunta, los hechos probados en sentencia y el protocolo que marca el Derecho penal deben seguir siendo la brújula que guíe cualquier opinión pública sobre este permiso.

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