Ábalos y Koldo permanecerán en prisión: la Justicia confirma riesgo que cierne el juicio
El Tribunal Supremo rechaza las últimas peticiones de libertad antes del señalamiento del 'caso mascarillas'.

Redacción · Más España


La decisión del Tribunal Supremo no admite rodeos: José Luis Ábalos y Koldo García seguirán en prisión. El recurso presentado por ambos para intentar recuperar la libertad, en lo que los propios magistrados califican como una petición sustancialmente repetida de anteriores intentos, ha sido rechazado.
No se trata de una mera formalidad. El Alto Tribunal coincide con el instructor en que "nada ha cambiado" desde la petición anterior y que, por tanto, la proximidad del señalamiento del juicio —fijado para el 7 de abril— obliga a mantener la valoración sobre el riesgo de fuga. La Fiscalía mantiene su criterio: el riesgo es elevado. La acusación popular también se opuso a la excarcelación.
Los implicados alegaron que la privación de libertad dificulta la preparación de su defensa. El Tribunal recuerda, sin embargo, que ya reconoció en noviembre la necesidad de "espacio y tiempo" para la defensa, y remite a Instituciones Penitenciarias para que habilite las facilidades correspondientes en los centros donde están internos.
Las cifras procesales que sostienen la gravedad del asunto no pueden eludirse: la Fiscalía Anticorrupción solicita para Ábalos una pena de 24 años de prisión por delitos que incluyen pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho; para Koldo García pide 19 años y medio; y para el empresario Víctor de Aldama, siete años. Son peticiones que explican, en gran medida, la contundencia de la cautela.
La resolución del Supremo cierra temporalmente una puerta que ambos querían abrir antes del juicio. Pero también abre otra, formal y práctica: la de las garantías de defensa en prisión, que quedan en manos del régimen penitenciario. La Justicia, por ahora, ha trazado el perímetro; dentro de él, será el proceso —y no la presión mediática— el que pronuncie su veredicto.
En un Estado donde la igualdad ante la ley debe ser inequívoca, la decisión del Tribunal Supremo es un recordatorio sereno y firme: las circunstancias procesales pesan, las peticiones fiscales son exigentes y las garantías de defensa deben conciliarse con la seguridad del procedimiento. El calendario se acerca al señalamiento; la instrucción se mantiene y la batalla jurídica seguirá su cauce en sede competente.
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