La verdad en juego: la instrucción entre audios, reproches y dinero
Un caso que pone a prueba la credibilidad de nuestras instituciones y de quienes las representan

Redacción · Más España


La escena es ya materia de expediente: un alto mando policial que dimitió el 17 de febrero, una inspectora que ratifica en sede judicial una denuncia por violación —con una grabación en su móvil— y una defensa que responde con una contundente teoría: la denunciante actúa movida por el dinero.
No es metáfora: son hechos procesales. Los abogados del ex director adjunto operativo, José Carlos Velasco e Ignacio Fuster-Fabra, han presentado un escrito en el que piden al juez que aperciba al letrado de la agente por sus declaraciones públicas y acusan a la mujer de buscar una retribución económica ligada a una hipotética jubilación. Son alegaciones que conviene leer con claridad y sin adjetivos prestados: ahí están los nombres, las fechas y la grabación citada en la instrucción.
El martes pasado, ante el magistrado David Maman Benchimol, la inspectora ratificó su denuncia y sostuvo que el mando la agredió el 23 de abril de 2025 en su domicilio y que después trató de comprar su silencio. Frente a ello, el investigado negó la agresión y señaló, en la puerta del juzgado, que su vida ha quedado destrozada por algo que no hizo, denunciando "maldad, ruindad y odio".
La defensa desmenuza el contenido del audio reproducido en sede judicial: subraya que la denunciante subió y permaneció en el domicilio por voluntad propia, que en la grabación se le escucha una despedida —"nos vemos el domingo"— y que hay sonidos compatibles con una cremallera. Argumenta, además, que la mujer llamó al ahora exmando veinte minutos tras abandonar la casa y que ella explicó en sede judicial que fue horas después cuando comprendió la dimensión de lo ocurrido.
Contraargumentos procesales y periodísticos se entrelazan: los letrados del ex DAO censuran la "versión selectiva" que, dicen, ofrece el abogado de la denunciante, Jorge Piedrafita, al atender a la prensa —más de cuarenta intervenciones, según la defensa— y reprochan que se vulnere el carácter reservado de la instrucción. Piedrafita, por su parte, defiende sus intervenciones como ejercicio del derecho a la información y de la libertad de expresión para proteger a su clienta.
Es un choque de relatos que transcurre en los cauces del juzgado: el juez ha reproducido fragmentos de la grabación, la denunciante ha ratificado su querella y el investigado ha negado la agresión. Todo ello sin juicios definitivos, pero con piezas de prueba y con acusaciones cruzadas que erosionan, sí, la percepción pública de una investigación sensible.
Lo que pide la prudencia cívica es elemental: que los hechos materiales, las pruebas reproducidas en sede judicial y las diligencias del instructor marquen el ritmo del debate; que las declaraciones públicas, cuando no se ajusten al marco procesal, no condensen versiones prematuras; y que la justicia actúe con transparencia y rigor para despejar dudas. Sobre esa triada descansa la confianza en nuestras instituciones, tan necesaria como frágil cuando se ventilan asuntos de esta índole.
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