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La doctrina del ataque preventivo: cuando la seguridad se emancipa de la ley

Cómo Israel invoca la 'amenaza existencial' y actúa antes de ser atacado, con el aval político y el debate jurídico internacional que provoca

Redacción Más España

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25 de marzo de 2026 3 min de lectura
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La doctrina del ataque preventivo: cuando la seguridad se emancipa de la ley
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Desde la fundación del Estado de Israel en 1948, la seguridad ha sido más que una política: ha sido una obsesión que ha marcado su identidad estratégica. Esa obsesión se traduce hoy en un principio que gobierna decisiones de guerra y paz: la doctrina de la amenaza existencial. Una versión moderna y contundente de la lógica del «golpear primero» que, según sus gobernantes, legitima acciones incluso cuando no hay un ataque enemigo en curso.

El propio primer ministro Benjamin Netanyahu justificó, en el contexto de la última ofensiva contra Irán, que la acción se emprendió para "erradicar la amenaza existencial" que representaría ese régimen. El ministro de Defensa la calificó de "preventiva". Dos palabras que condensan una estrategia reiterada por décadas: anticiparse a lo que se percibe como peligro inminente para la supervivencia del Estado.

Esa proclama de legitimidad estratégica hunde sus raíces en la idea de una "falta de profundidad estratégica": un Estado pequeño, rodeado de adversarios, que teme que una derrota sea sinónimo de desaparición. La consecuencia práctica ha sido el desarrollo de una inteligencia y de capacidades militares orientadas a neutralizar fuera de sus fronteras cualquier riesgo que se interprete como existencial.

La Guerra de los Seis Días de 1967 es el precedente paradigmático: Israel atacó fuerzas concentradas en su frontera argumentando una amenaza "instantánea y abrumadora". El resultado fue una ampliación de la llamada profundidad estratégica, la ocupación de territorios y la consolidación de la noción de que anticiparse podía ser sinónimo de supervivencia.

Pero la práctica de golpear preventivamente no ha estado exenta de costes ni de contestación. Las operaciones israelíes, incluidas las recientes contra Irán y ejecutadas con apoyo político —según la noticia— de Estados Unidos y del presidente Trump, han suscitado dudas sobre su legalidad y han provocado llamados de condena en Naciones Unidas y otras instancias internacionales. No es un matiz menor: la tensión entre la autodeterminación de la defensa y las normas del derecho internacional se abre como una grieta que reclama explicación y responsabilidad.

Frente a la narrativa de amenaza nuclear de Irán que repite el Gobierno israelí —y frente a la réplica de Teherán de que su programa es civil— emerge una pregunta inexorable: ¿dónde queda el marco jurídico cuando la prevención se convierte en acción militar fuera de un estado de ataque inminente? La comunidad internacional, a través de pronunciamientos y resoluciones, ha mostrado su recelo frente a ofensivas preventivas que causan sufrimiento a la población civil y que, además, difuminan los límites de la legitimidad del uso de la fuerza.

La defensa de la supervivencia estatal puede entenderse; el recurso constante al ataque preventivo, sin embargo, obliga a un debate más profundo. No basta con enunciar que ‘‘si no actuamos, nos enfrentaremos a un Irán nuclear’’. Esa previsión estratégica exige transparencia, proporcionalidad, escrutinio y, sobre todo, respeto por las normas que regulan las relaciones entre Estados. Ignorar ese equilibrio es correr el riesgo de convertir una legítima política de seguridad en una práctica que erosiona la ley internacional y alimenta ciclos de violencia cuyo coste humano y político es difícil de justificar.

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