La Abogacía del Estado planta cara a la suspensión de la regularización: el interés general por encima de la protesta
El Gobierno defiende ante el Tribunal Supremo que frenar la medida dañaría gravemente el interés público

Redacción · Más España


La Abogacía del Estado, actuando en nombre del Gobierno de Pedro Sánchez, ha marcado posición con claridad: la suspensión cautelar de la regularización extraordinaria solicitada por la asociación Hazte Oír sería inadmisible y causaría un daño grave al interés general.
En su escrito ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la Abogacía argumenta que la petición debe rechazarse por falta de legitimidad activa de la entidad recurrente, al no acreditar un interés legítimo, propio y específico afectado por la norma. No es una cuestión retórica: se plantea el principio jurídico de quién puede impugnar una actuación administrativa.
El informe señala además que las resoluciones dictadas tras las solicitudes de regularización son autorizaciones administrativas, y por tanto no constituyen derechos permanentes o inmodificables, en contra de lo sostenido por la asociación demandante al pedir la suspensión cautelar.
La Abogacía niega igualmente que la modificación del Reglamento de Extranjería vaya a provocar un impacto masivo en los servicios públicos, recordando que los beneficiarios de la regularización ya se hallaban en España antes del 1 de enero de 2026.
Y añade un argumento político-cívico: existe un interés ciudadano en la regularización, pues la medida se inspira en una Iniciativa Legislativa Popular avalada por más de 600.000 firmas y obtuvo 310 votos favorables y 33 desfavorables en el Congreso. Tras quedar estancada en la Cámara Baja, el Gobierno optó por la vía reglamentaria sin el apoyo parlamentario.
El pulso jurídico se trasladará ahora al Tribunal Supremo, que celebrará una vista para evaluar los argumentos de las partes y decidir si procede o no suspender la regularización masiva impulsada por el Ejecutivo. Es la cita que determinará si la cautela procesal cede ante lo que la Abogacía califica como interés general.
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