InicioActualidadPolítica española
Política española

Indulto a 'Las 6 de La Suiza': Justicia o reconocimiento tardío de un derecho sindical

El Consejo de Ministros cierra un expediente que puso en cuestión la criminalización de la protesta laboral

Redacción Más España

Redacción · Más España

1 de abril de 2026 3 min de lectura
Compartir
Indulto a 'Las 6 de La Suiza': Justicia o reconocimiento tardío de un derecho sindical
Mas España
Mas España Logo

El Consejo de Ministros pondrá punto final a un capítulo que, en los últimos años, se convirtió en emblema del choque entre acción sindical y aparato judicial: el indulto a las seis personas vinculadas a la campaña contra la pastelería La Suiza.

Lo que el Gobierno hará efectivo ahora no nace en el vacío. Es la culminación de una movilización sostenida: 22 organizaciones sindicales —mayoritarias y minoritarias— promovieron el expediente de indulto; partidos como Podemos, ERC, EH Bildu y BNG presentaron iniciativas en su apoyo; la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, celebró el logro y recordó con claridad elemental que "el sindicalismo no es un delito". Mas, celebrar el indulto no puede devenir en olvido. Las seis fueron condenadas en 2021 por coacciones y obstrucción a la justicia, pena que el Tribunal Supremo ratificó en junio de 2024.

Los hechos que encendieron esta controversia se remontan, sin ambages, a 2016: una trabajadora embarazada de la pastelería pidió baja por riesgo de aborto y denunció que no le permitieron ausentarse. El conflicto laboral escaló, las negociaciones fracasaron y CNT organizó protestas ante el local. Fue en el marco de esas protestas donde se formularon denuncias que terminaron por traducirse en procesos judiciales. La empresa presentó una treintena de denuncias y llegó a solicitar la ilegalización del sindicato.

La sanción impuesta contra las seis personas —tres años y medio de prisión y una indemnización de 150.000 euros al propietario de La Suiza— ha sido señalada por sus apoyos como desproporcionada. Entraron en la cárcel de Villabona el 10 de julio de 2025; el día 18 lograron el tercer grado y desde entonces, salvo los fines de semana, pernoctaban en el centro penitenciario y salían para trabajar y cuidar a sus familias. Hace poco más de una semana pudieron dormir en casa bajo control telemático, pero seguían llevando pulsera y permaneciendo bajo el régimen de Instituciones Penitenciarias. Para sus allegados, esa condición era ya de por sí una pena continuada.

La respuesta social acompañó el proceso: movilizaciones masivas en Asturias, apoyos en otras ciudades españolas e incluso actos de solidaridad fuera de España, en Nueva York y en distintos países europeos. Quienes han impulsado la petición de indulto la interpretan no solo como un alivio personal para las condenadas, sino como un triunfo del movimiento sindical y de la solidaridad organizada.

También hay, no obstante, un diagnóstico crítico que persiste y no admite sosiego: la afirmación de que jamás debieron entrar en prisión y la denuncia de una criminalización de la protesta. Esa lectura personaliza responsabilidades en el juzgado de lo Penal número 1 de Gijón —según sus defensores— por una reformulación de hechos que antes habían sido sobreseídos. Es una acusación grave que abre interrogantes sobre la correlación entre protesta laboral autorizada y respuesta penal.

El indulto desactiva hoy una condena que fue políticamente y socialmente dolorosa. Pero no borra las preguntas que quedan en pie: hasta qué punto el Estado y sus instituciones están dispuestos a distinguir entre la defensa de derechos laborales y el reproche penal; cuál es el lugar que la protesta colectiva ocupa en una democracia; y qué lección extraen los poderes públicos de una controversia que produjo movilizaciones locales y solidaridad internacional.

Que el Gobierno haya entendido que correspondía reparar esta situación es, para las fuerzas que impulsaron la petición y para los apoyos sociales, una victoria. Pero toda victoria concedida a posteriori exige memoria: reconocer que el indulto corrige una consecuencia política y judicial, no subsana por sí mismo los debates sobre libertad de expresión colectiva, límites de la acción sindical y la tentación de convertir la conflictividad laboral en sumario penal. El país debe registrar el asunto como una lección: defender derechos laborales no puede ni debe ser tratado como un delito, y las instituciones deben actuar con rigor para que la protección del empleo y la convivencia social no acaben criminalizando la protesta legítima.

También te puede interesar