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El Tribunal Supremo devuelve a todos los españoles el Pazo de Meirás

Decisión unánime que confirma la titularidad estatal y ordena la devolución del inmueble

Redacción Más España

Redacción · Más España

14 de marzo de 2026 3 min de lectura
El Tribunal Supremo devuelve a todos los españoles el Pazo de Meirás
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La Sala Primera del Tribunal Supremo ha pronunciado con firmeza lo que la razón jurídica y la historia exigían: el Pazo de Meirás pertenece al Estado. Por unanimidad, los magistrados han desestimado los recursos contra la sentencia de la Audiencia Provincial de La Coruña y han cerrado, al menos en sede judicial, un capítulo que arrancó en 1938 y ha perdurado en la anomalía hasta hace bien poco.

No se discute ya —y así lo refleja la resolución— la nulidad de los títulos jurídicos que ampararon la supuesta propiedad del dictador. Lo que se sometía al examen era otra cuestión de peso: si aquel pazo había sido, durante décadas, destinado al servicio público de la jefatura del Estado y, por tanto, exteriorizado como dominio público; o si, por el contrario, los herederos pudieron adquirirlo por usucapión. El Supremo encadena los hechos constatados por la instancia: desde 1938 el inmueble fue utilizado como dependencia al servicio de la Jefatura del Estado, con acondicionamientos, ocupación por funcionarios y actos de Estado continuados hasta 1975.

Esa constancia material y administrativa es la que impide hoy sostener que los ocupantes lo poseyeran como dueños durante el tiempo necesario para consumar la prescripción adquisitiva. Tampoco aprecia la Sala una desafectación tácita que hubiera despojado al Pazo de su condición de bien de dominio público. La consecuencia jurídica es diáfana: el Estado recupera la titularidad y la posesión.

El fallo se mueve, además, con prudencia histórica cuando aborda la petición indemnizatoria de los herederos Martínez‑Bordiño Franco. El Tribunal no desconoce que el Estado demoró su actuación, pero recuerda que los contextos de una transición desde la dictadura a la democracia y el necesario transcurso del tiempo para cerrar heridas históricas excluyen la existencia de mala fe por parte de los poseedores. Esa valoración evita convertir en persecución lo que ha sido, finalmente, la rectificación jurídica de una situación injustificable.

La sentencia tiene efectos prácticos y simbólicos. El presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, ha celebrado la claridad del pronunciamiento y ha instado a actuar conforme a él: el Pazo, Bien de Interés Cultural, continuará abierto y accesible a la ciudadanía. Desde la oposición gallega el BNG ha saludado la resolución como "una victoria muy importante de la ciudadanía gallega". Son reacciones que confirman la naturaleza pública de lo resuelto y la dirección en la que debe caminar la gestión del patrimonio que pertenece a todos.

Que la justicia zanje con contundencia y por unanimidad este litigio no es un capricho retórico: es la restitución del interés general frente a una anomalía histórica. Recuperar para el Estado un bien que fue destinado a servicio público durante décadas es, en términos prácticos, recuperar una parcela de nuestra memoria colectiva y del uso común. El fallo marca, además, un precedente de claridad para futuras controversias sobre bienes cuyo origen y destino chocan con la legalidad y el interés público.

La lección es doble: la ley llega, aunque tarde, y cuando llega lo hace con el pulso firme de la razón jurídica. Ahora corresponde a las administraciones y a la sociedad asumir las consecuencias prácticas del pronunciamiento, respetar las indemnizaciones previstas por la Ley si proceden, y garantizar que un patrimonio declarado BIC cumpla su función pública y pedagógica para las generaciones presentes y venideras.

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