El Parlamento Europeo le quita la cortina de impunidad a Alvise
La Eurocámara autoriza que el Supremo investigue por acoso a la fiscal Gisbert

Redacción · Más España


El Parlamento Europeo ha dado un paso claro y delimitador: retirar la inmunidad a Luis Pérez 'Alvise' para permitir que el Tribunal Supremo le investigue por el presunto acoso en redes sociales a la fiscal delegada de delitos de odio en Valencia, Susana Gisbert.
La decisión no es un acto caprichoso ni un gesto simbólico. La comisión de Asuntos Jurídicos ya había sostenido que los delitos por los que se pretende investigar a Alvise "no constituyen una opinión expresada o un voto emitido" en el ejercicio de sus funciones parlamentarias. Ese ha sido el criterio que ha guiado la Eurocámara: la inmunidad protege actos parlamentarios, no conductas que, según el informe, derivaron en la identificación pública de una fiscal y en una oleada de agresiones en sus redes.
El propio documento recoge que, en enero y febrero de 2024, el administrador de un canal de Telegram vinculado a 'Alvise Pérez Chat' publicó nombres de responsables de la llamada persecución ideológica por delitos de odio, citando en particular a la fiscal delegada en Valencia. Esos mensajes provocaron una reacción inmediata: más de 1.500 comentarios dirigidos a la fiscal, en su mayoría insultantes, según el informe. Esa cadena causal —publicación, reacción masiva, hostigamiento— ha sido determinante para que la Eurocámara estime que no concurre protección por actos parlamentarios.
No es un expediente aislado. Alvise llega al suplicatorio con otras cinco causas abiertas: una por presunto delito electoral y financiación ilegal —la que menciona los 100.000 euros recibidos del empresario Álvaro Romillo, conocido como CryptoSpain—; la difusión de una PCR falsa del exministro Salvador Illa con un supuesto positivo por Covid; el supuesto acoso a dos excompañeros de partido, Nora Junco y Diego Soler; y la querella del alcalde de Algeciras, José Ignacio Landaluce, por presuntas amenazas. El cúmulo de procedimientos pesa y contextualiza la decisión del Parlamento.
La retirada de inmunidad ordena una lección elemental y sobria: la protección institucional no es un salvoconducto para actuaciones que, por su naturaleza y efectos, se desbordan del ámbito de la representación. La Eurocámara ha aplicado el principio que define la inmunidad: preservar la función parlamentaria, no amparar conductas que hayan provocado un acoso masivo hacia un miembro del sistema judicial.
Queda ahora que la jurisdicción competente —el Tribunal Supremo— acometa la investigación con la rigurosidad que merecen tanto la presunción de inocencia como la protección de las personas afectadas. La decisión europea no prejuzga culpabilidades; fija límites. Y esos límites son indispensables para sostener la convivencia cívica y el respeto a las instituciones que garantizan la libertad y la justicia.
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