Cuando la Justicia se vuelve contra sí misma: el recurso de la Fiscalía al Constitucional
La Fiscalía pide anular la condena al ex fiscal general Álvaro García Ortiz por vulnerar derechos fundamentales

Redacción · Más España


La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Tribunal Supremo que condenó al ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz por revelación de secretos. No es un gesto menor: se trata de impugnar una decisión que inhabilitó al condenado dos años para el cargo de fiscal general y le impuso una multa, por la difusión de información reservada sobre la causa penal contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso.
El recurso de amparo es nítido en sus reproches y enumera cuatro derechos fundamentales que, a juicio de la Fiscalía, resultaron atropellados. Primero, la presunción de inocencia: la demanda sostiene que el Tribunal Supremo no valoró debidamente los testimonios exculpatorios de varios periodistas, que negaron categóricamente que García Ortiz fuera la fuente de la filtración. Más aún, denuncia una interpretación de la cláusula de secreto periodístico que, según la Fiscalía, resta credibilidad de antemano a quien la invoca.
Segundo, la condena se habría asentado en una prueba indiciaria manifiestamente inidónea. La Fiscalía reprocha al Supremo elegir, entre interpretaciones posibles, la más desfavorable para el acusado, elevando indicios al rango de certidumbres cuando considera que no lo eran.
Tercero, se argumenta que hubo vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías. Uno de los indicios clave —el borrado de las conversaciones personales del investigado—, sostiene la Fiscalía, fue obtenido de forma ilícita porque no estuvo justificada la decisión del juez instructor de incautarse de sus comunicaciones.
Cuarto, se alega quebranto del derecho a conocer la acusación y a defenderse: la investigación, según el recurso, descartó expresamente en su apertura que la nota de prensa difundida pudiera ser delictiva, y sin embargo la sentencia habría dado un giro argumental sorpresivo al condenar.
Por último, la Fiscalía plantea un problema de calado constitucional y penal: sostiene que la tesis condenatoria del Supremo —que admitiría la comisión del delito de revelación de datos reservados aunque los datos afectados sean de conocimiento público— excede lo previsto en el Código Penal y choca con el papel del derecho a la información en un Estado democrático.
No hay aquí exaltaciones ni invenciones: existe un camino procesal trazado por la propia Fiscalía que desemboca en el Constitucional. El recurso pide que se revise, con las garantías que el ordenamiento jurídico exige, una condena que, según el Ministerio Público, se apoyó en valoraciones y pruebas susceptibles de vulnerar derechos esenciales. Es ahora el Tribunal Constitucional quien deberá ponderar esos argumentos y decidir si la resolución del Supremo se mantiene o se desmorona bajo el escrutinio del amparo.
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